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El Plan Ambiental Detallado como Instrumento de Gestión Ambiental Complementario permitió la regularización de la ubicación de las locaciones Taini y Picha en el lote 58 con el siguiente detalle:
Ambos en el marco de la normativa ambiental en materia de evaluación de impacto ambiental, el Ministerio de Energía y Minas (MEM) bajo los “Lineamientos para la Formulación de Planes Ambientales Detallados de Actividades de Hidrocarburos” mediante la Resolución Ministerial N°113-2019-MEM/DM. Cumpliendo con la Política de Seguridad, Medio Ambiente y Salud Ocupacional de CNPC y compromisos asumidos con la aprobación de los instrumentos de gestión ambiental aplicables al PAD.
El PAD del lote 58 permitió la implementación de medidas de manejo ambiental (preventivas, correctivas, y de mitigación) para la etapa de mantenimiento, lo que puede asegurar es que las actividades en las locaciones Taini y Picha se realizan con medidas ambientales validadas por el Estado, que garantizan el derecho de todos a gozar de un ambiente sano y equilibrado.
Frecia Pérez / Nilton Quispe
Elaboración y Gestión del Plan Ambiental Detallado del Lote 58
26/9/2019 - 21/9/2023
CNPC Perú S.A.
Lima